La impugnabilidad de los partes de alta expedidos por los facultativos del servicio público de salud
Fuente: Tu Asesor Laboral.-
Cuando el parte médico de alta es expedido por el médico de atención primaria o a instancias de la inspección médica del servicio público de salud, la persona trabajadora no suele discutir la decisión facultativa porque este parte médico de alta aparece institucionalizado como el cierre normal del proceso de incapacidad temporal. Ello no quiere decir, obviamente, que la persona trabajadora tenga que estar de acuerdo siempre con la decisión del médico de atención primaria.