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Uso de cámaras corporales en seguridad privada
Fuente: Ceuta TV.-
La discrepancia entre la Ley de Protección de Datos y la postura de la Unidad de la Central de Seguridad Privada (UCSP) respecto al uso de cámaras corporales por parte de vigilantes de seguridad, está planteando cuanto menos un conflicto necesario de explicar en la intersección de la privacidad, la seguridad y la normativa legal que muchos profesionales de este sector no comprenden.
La Ley de Protección de Datos establece un marco normativo claro para la protección de los datos personales. Exigiendo que se cumplan ciertos requisitos, como la finalidad legítima del tratamiento, la minimización de los datos, la seguridad de los mismos y los derechos de los interesados.