Así quedan los ERTE en España hasta el 31 de mayo
En el BOE del 27 de enero se ha publicado el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo, por el que prorroga hasta el 31 de mayo tanto las condiciones especiales de los ERTE ligados a la pandemia, en los términos que a continuación se detalla:
1. ERTE de Fuerza Mayor
Se mantienen los tres tipos de ERTE acordados en septiembre con un esquema «idéntico» de exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, según ha avanzado el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá. Por un lado el de fuerza mayor sectorial para las empresas de sectores especialmente perjudicados, así como aquellas empresas de su cadena de valor o cuya facturación dependa de las primeras.
Según el esquema aprobado en septiembre, estas empresas tendrán durante cuatro meses una exoneración del 85 % en las cotizaciones sociales de sus trabajadores si tiene menos de 50 empleados y del 75 %, si tienen más, reducciones que se aplicarán tanto para los trabajadores suspendidos como para los que reincorporen a la actividad.
El listado añade tres actividades más: camping y aparcamiento para caravanas, las actividades de mantenimiento físico y el alquiler de medios de navegación.
2. Sin cambios en los ERTE de impedimento y limitación
También se mantiene el ERTE de impedimento, figura a la que podrán acogerse todas empresas que vean «impedida» su actividad por las restricciones adoptadas por las autoridades. Estos tendrán una exoneración del 100 % durante el periodo que dure el cierre siempre que tenga menos de 50 trabajadores, y del 90 % si tiene más empleados.
En cuanto al ERTE de limitación, para las empresas que vean limitada solo parcialmente su actividad por medidas administrativas, con exoneraciones decrecientes en función el tiempo que dure el expediente.
Así, el esquema de bonificaciones aplica un 100 % en el primer mes para pasar al 90 % al segundo, al 85 % en el tercero y al 80 % en el cuarto para las empresas de menos de 50 trabajadores, en tanto que para las de más de 50 empleados hay que restar diez puntos a los porcentajes anteriores.
Asimismo continúa el de limitación para las empresas que vean afectada solo parcialmente su actividad por medidas administrativas, con exoneraciones decrecientes en función el tiempo que dure el expediente.
3. Cambios administrativos para ampliación automática del ERTE
Una de los novedades, según ha señalado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, es la agilización de algunos trámites administrativos como que las empresas con un ERTE por impedimento o limitativo no tendrán que volver a presentar una nueva reclamación colectiva sino solo comunicar que siguen acogidos.
4. Se mantienen las limitaciones a despidos
Uno de los puntos de escollo en esta prorroga ha sido la cláusula de mantenimiento de empleo, que impide a las empresas en ERTE despedir a trabajadores durante los siguientes seis meses o de lo contrario deberán devolver todas las ayudas.
La patronal CEOE había reclamado cambios para flexibilizar este punto que, según ha subrayado Díaz, «se mantiene igual», «se prorroga en su estricta literalidad», al igual que el resto de límites a las empresas en ERTE.
Así, en estas empresas tampoco se podrán realizar horas extra ni se podrá externalizar la actividad, subcontratar o llevar a cabo nuevas contrataciones. También se mantienen los límites fijados sobre el reparto de dividendos y la prohibición de radicarse en paraísos fiscales.
Fuente COPE
Redacción ASECOPS