El despido disciplinario del vigilante de seguridad en el Osasuna-Real Madrid es procedente pese a la omisión de audiencia previa
Fuente: CONFILEGAL.-
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) considera procedente el despido de un vigilante de seguridad del estadio El Sadar que durante el partido Osasuna-Real Madrid de la pasada temporada dejó pasar a 8 personas sin entrada.
La Sala de lo Social del TSJN ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona que, aunque consideró acreditados los hechos imputados en la carta de despido, lo declaró improcedente por la omisión de un trámite: el trabajador tenía derecho antes de ser despedido a conocer los cargos formulados contra él por la empresa de seguridad contratante.
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La seguridad en España: entre la percepción y la realidad
Fuente: Escudo Digital.-
En los últimos meses, el debate sobre la seguridad en España ha ganado protagonismo, alimentado por eventos recientes, locales o internacionales, y con estadísticas que, pese a la ocultación oficial, muestras una realidad cambiante y más violenta. Fruto de todo ello, y pese a algunos intentos de ocultarlo, la percepción creciente es de inseguridad en las calles. Esta preocupación, aunque real, debe ser analizada desde dos perspectivas: la coyuntural y la estructural.
Factores coyunturales: el contexto estacional
Leer másDespido nulo en excedencia de cuidado de menor, por trabajar en otra empresa del mismo sector con jornada acorde con la conciliación familiar
Fuente: CEF Laboral.-
El trabajador que se encuentra en situación de excedencia en una relación laboral puede concertar un nuevo contrato y prestar servicios para otra u otras empresas durante el tiempo en que tiene suspendida la primera relación. Ahora bien, ha de tenerse en cuenta que el derecho a la excedencia no es absoluto, ya que se mantienen todos los deberes inherentes a la buena fe contractual, que subsisten mientras la relación laboral siga viva, lo que incluye el deber de no concurrencia desleal. El elemento que define esta es el intencional, esto es, se exige que la persona trabajadora desarrolle una conducta premeditada que sea desleal respecto de la empresa que no solo le remunera el trabajo, sino que le facilita los medios para adquirir la experiencia profesional que, luego, pretende utilizar para su propio provecho y en perjuicio de los intereses de aquella.