ACTUALIDAD
El Gobierno aprueba el Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM)
Como causa y efecto de la actual crisis sanitaria, por fin el 15 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó el Plan General de Emergencias del Estado, con el objetivo de mejorar la coordinación de las administraciones que participan en el Sistema Nacional de Protección Civil e integrarlo en el Sistema de Seguridad Nacional, sumando todos los planes estatales y autonómicos.
Estrategia de blindaje de las infraestructuras críticas europeas frente al cibercrimen
Dentro del marco de una nueva estrategia de ciberseguridad, la Comisión Europea ha propuesto reformar las normas con una nueva directiva (SRI 2) que refuerza los requisitos para garantizar un elevado nivel de ciberseguridad, armonizando los regímenes de sanciones de los Estados miembros.
Prisiones de Madrid y Castilla-La Mancha sin vigilancia exterior
Los funcionarios de prisiones informan de la merma de seguridad y deficiencias, y el Ministerio de Interior prepara nuevo concurso.
OMBUDS, empresa encargada de la vigilancia exterior de los centros penitenciarios de Madrid y Castilla-La Mancha no renovó contrato, desde finales del año pasado, lo que supone una merma de la seguridad de las instalaciones, de forma provisional se está encargando efectivos de la Guardia Civil. Dicho contrato aún se encuentra desierto, ya que, según informa Interior, no consigue ninguna empresa de seguridad que se quiere hacer cargo.
LEGISLACIÓN
Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
Como medidas paliativas de los estragos económicos provocados por la COVID-19, el Gobierno, a través de este Real Decreto-Ley, establece una serie de medidas tributarias en el IVA e Impuesto de Sociedades en aras a mejorar la solvencia empresarial.
Especial mención al artículo 3.2 en el que se da validez jurídica, excepcionalmente, durante el año 2021 a las juntas o asambleas de asociados o de socios del resto de personas jurídicas de Derecho privado (asociaciones, sociedades civiles y sociedades cooperativas) celebradas por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todas las personas que tuvieran derecho de asistencia o quienes los representen dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico.
Proyecto de Reglamento del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
El 3 de diciembre se publicaba el borrador del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Servicios Digitales, impuesto conocido por sus siglas ISD. Borrador sometido, hasta el 16 del presente mes a audiencia pública.
En este borrador se recoge la regulación de ciertas obligaciones formales contempladas por la Ley 4/2020, del Impuesto sobre determinados Servicios Digitales (publicada en el BOE el 16 de octubre y con entrada en vigor el 16 de enero), concretamente en su artículo 13.
Entre estas obligaciones, cuyos requisitos, límites y condiciones se deberían desarrollar mediante el borrador objeto de estudio, nos encontramos las siguientes:
- Presentar declaraciones relativas al comienzo, modificación y cese de las actividades que determinen la sujeción al ISD.
- Solicitar de la Administración el número de identificación fiscal y acreditarlo en los supuestos que se establezcan.
- Llevar los registros que se establezcan a través de desarrollo reglamentario.
- Presentar información relativa a los servicios digitales, periódicamente o cuando la Administración lo requiera.
- Nombrar un representante a efecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la citada Ley cuando el contribuyente no esté establecido en la Unión Europea.
- Obligaciones de conservación de documentos, especialmente en lo que se refiere a la identificación del lugar de prestación del servicio digital.
- Obligación de traducción a un idioma oficial la documentación cuando la Administración lo requiera.
- Establecer los sistemas, mecanismos o acuerdos que permitan determinar la localización de los dispositivos de los usuarios en el territorio de aplicación del impuesto.
De las obligaciones contempladas en el citado artículo de la Ley que regula el ISD, sólo una puede suponer una infracción tributaria calificada como grave. Es el caso de la obligación de establecer los sistemas, mecanismos o acuerdos que permitan determinar la localización de los dispositivos de los usuarios en el territorio de aplicación del impuesto, sanción contemplada en el artículo 15 de la Ley 4/2020, del Impuesto sobre determinados Servicios Digitales (publicada en el BOE el 16 de octubre y con entrada en vigor el 16 de enero). El incumplimiento de esta obligación formal puede dar lugar a una sanción que puede ascender a 400.000 euros por cada año natural en que se haya producido el incumplimiento (con un mínimo de 15.000 euros).
Autor: Pedro Muñoz Abogado y Consejero Delegado de LABE Abogados.
Fuente: Noticias Jurídicas
ARTÍCULOS DE INTERÉS GENERAL
6 tendencias digitales clave para la salida de la crisis en 2021
Según el centro Universitario U-TAD, en la transformación digital impulsada por la pandemia ha identificado seis tendencias digitales clave en 2021 y que requerirán una importante demanda de profesionales especializados
Fuente: Cuadernos de Seguridad
Ciberseguros específicos para ciberataques
Por todo, tanto la concienciación, la formación y conocimiento de los tipos de ciberataques existentes; así como las nuevas formas de protección de datos son los principales retos a los que se enfrentan las empresas españolas.
Fuente: Diario Jurídico
Controles y auditoría aplicados a los sistemas de control industrial en infraestructuras críticas
En este artículo se analizan los controles y auditorías pertinentes para poder prevenir o mitigar los efectos que los riesgos puedan suponer.
Fuente: Deusto Facultad de Ingeniería