El Supremo establece que los 15 minutos de cortesía al llegar y el desayuno son tiempo de trabajo efectivo
Fuente: Diario Jurídico.-
El Tribunal Supremo ha confirmado que el tiempo del desayuno y el de marcaje de llegada con un margen de cortesía de hasta 15 minutos tras la hora de inicio de la jornada, deben considerarse como tiempo trabajado.
El alto tribunal ha estimado los recursos interpuestos por tres sindicatos (CCOO, UGT y SECB) frente a una sentencia de la Audiencia Nacional referente a los empleados de Caixabank con horario rígido y que no sean trabajadores con categoría de jefe.