De despido objetivo a improcedente por no informar al representante sindical
Fuente: CGPJ.-
El Tribunal Supremo en sentencia del pasado 17 de mayo de 2022 indica que en el artículo 53.1 c) del Estatuto de los Trabajadores se establece la exigencia de información a los representantes sindicales de la comunicación del despido, en la que debe exponerse el motivo, las referencias a la concesión del preaviso y a la puesta a disposición de la indemnización. Es por ello imprescindible la entrega a la representación legal de las personas trabajadoras de una copia de la carta de despido.
Despido objetivo por causas organizativas y productivas. Requisito formal de entregar una copia de la carta de despido a los representantes de los trabajadores. Efectos del incumplimiento, improcedencia.
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Leer másValidación de solicitud de teletrabajo por motivos de conciliación laboral y familiar
Fuente: CGPJ.-
El TSJ de Asturias en sentencia de abril de 2022, estima la pretensión de adaptación de jornada realizada por la trabajadora, madre de dos hijos menores de doce años, consistente en teletrabajar 3 días a la semana, razonando que está justificada su situación familiar, por los documentos aportados en su ramo de prueba, y que la solicitud es proporcionada y razonable, por cuanto se constriñe únicamente a tres días laborales a la semana, siendo que, asimismo, ha venido prestando servicios en régimen de teletrabajo o trabajo a distancia con anterioridad, hasta el 30-8-21, sin que la empresa acredite razones objetivas de carácter organizativo o productivo que le impidan ahora acceder a ese régimen de trabajo.
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