Crisis, Re-Evolución y Seguridad
Autor: Manuel Sánchez Gómez-Merelo (Consultor Internacional de Seguridad).-
Desde la perspectiva de las seguridades estamos en un momento crucial. Un momento complicado derivado del incremento de una situación de inseguridades globales en la que hemos de adoptar de forma diferente la protección de personas y bienes.
Así, la prevención y la adaptación ágil a las circunstancias sobrevenidas ya no es opcional, dado que vivimos en un mundo donde la globalización, innovación digital e interconectividad provocan continuos cambios de escenario en la seguridad, tanto a nivel político, como social o económico.
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Fuente: Escudo Digital.-
Un 59% de las víctimas se negó a ceder al chantaje y pagar. Las negativas están haciendo que esta amenaza ya no rente tanto a los ciberdelincuentes. Parece que cada vez se produce más actividad criminal asociada al mundo de las criptomonedas o ¿Quizás es que este aspecto tiene más espacio en los medios de comunicación últimamente?
La duda la puede despejar un exhaustivo informe elaborado por la firma de análisis de blockchain Chainalysis, dedicado precisamente al criptocrimen.
Leer másLey Trans y LGTBI en empresas
Cómo afecta a las empresas la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
El 1 de marzo del presente año salió publicado en el B.O.E. núm. 51 la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI que garantiza la Igualdad de trato y de oportunidades de las personas LGTBI.
Entró en vigor el 2 de marzo y da un plazo de 12 meses a las empresas de más de 50 trabajadores para tomar medidas, tal y como indica en su artículo 15:
«Artículo 15. Igualdad y no discriminación LGTBI en las empresas.
1. Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.»
Las medidas a las que hace referencia la ley, entre otras son las siguientes:
- Realizar acciones formativas para garantizar el respeto de los derechos de las personas LGTBI (cursos de formación y/o guías internas).
- Llevar a cabo campañas divulgativas y acciones de sensibilización.
- Impulsar la elaboración de protocolos internos que contemplen medidas de protección específicas para este colectivo.