
Cambio al horario de verano
Redacción ASECOPS.-
Desde ASECOPS informamos que en la noche del sábado 29 al domingo 30 de marzo se efectuará el cambio de horario de verano. Los relojes tendrán que adelantar 1 hora, a las 02.00 serán las 03.00. Téngase en cuenta que el día tendrá una hora menos para el establecimiento de la programación de los cuadrantes y guardias correspondientes.
El cambio horario está regulado por una directiva europea que establece una fecha y horario común para el inicio y el final del horario de verano, con el propósito de aprovechar al máximo las horas de luz natural.. En España, este cambio está programado hasta 2026, como indica la «Orden PCM/186/2022, de 11 de marzo, por la que se publica el calendario del período de la hora de verano correspondiente a los años 2022 a 2026» que detalla las fechas de todos los cambios hasta entonces.
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ASECOPS en SEDEXPO 2025, Jornada futuro de la seguridad privada y la anticipación al cambio 27 de marzo
Redacción ASECOPS.-
ASECOPS, miembro del Comité Organizador de SEDEXPO (Feria Internacional de Seguridad, Defensa y Emergencias), estará presente en la próxima edición que tendrá lugar en la Feira Internacional de Galicia ABANCA.
La Asociación Española de Compañías Privadas de Seguridad (ASECOPS), participará en la jornada centrada en seguridad privada, organizada por FTSP-USO con la colaboración de APROSER, en la primera de las ponencias tratará el futuro de la seguridad privada y la anticipación al cambio, a cargo de Luis Gabriel González, director de Asesoría y Relaciones Institucionales de ASECOPS; de Eduardo Cobas, secretario de APROSER; y de Basilio Alberto Febles, secretario general de FTSP-USO.
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Aprobado el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales
Redacción ASECOPS.-
El 4 de marzo de 2025, el Gobierno español actualizó la normativa de seguridad contra incendios en entornos industriales mediante la aprobación del Nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI). Esta nueva regulación reemplaza al reglamento anterior, vigente desde 2004, y busca adaptarse a los riesgos industriales actuales y a las nuevas soluciones constructivas, con el objetivo de reforzar la seguridad en caso de incendio.
Ámbito de aplicación del RSCIEI:
El reglamento se aplicará a:
- Almacenes industriales.
- Talleres de reparación de vehículos.
- Actividades auxiliares dentro de establecimientos industriales.
Los establecimientos nuevos y aquellos que experimenten modificaciones significativas deberán presentar un proyecto técnico para la obtención de licencias o autorizaciones.
Requisitos principales del nuevo reglamento:
El RSCIEI establece los siguientes requisitos:
- Diseño seguro: Se prioriza la prevención de la propagación del fuego, tanto dentro como fuera del establecimiento.
- Medios de evacuación: Se exige la implementación de sistemas que aseguren la evacuación de los ocupantes en caso de incendio.
- Sistemas de protección: Se requiere la instalación de sistemas de detección, control, extinción y alarma, adaptados a las características de cada establecimiento.
- Facilidad de intervención: El diseño y los accesos deben permitir la intervención rápida y efectiva de los servicios de emergencia.
- Resistencia estructural: Las edificaciones deben garantizar la resistencia al fuego necesaria para facilitar la evacuación y la extinción del incendio.
- Puesta en servicio: Se establece la obligatoriedad de presentar ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma los siguientes documentos: proyecto, certificado de adecuación de la obra, acta de inspección inicial (si aplica) y documentación de los equipos de protección contra incendios.
- Comunicación de incendios: El titular del establecimiento deberá notificar cualquier incendio relevante al órgano competente en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Obligaciones de los titulares de establecimientos industriales:
El reglamento impone las siguientes obligaciones:
- Cumplimiento del RIPCI: Los equipos de protección contra incendios deben cumplir con el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).
- Inspecciones periódicas: Los titulares deben solicitar inspecciones a organismos de control habilitados, con una frecuencia mínima de cada 5 años.
- Proyectos obligatorios: Los nuevos establecimientos y aquellos con modificaciones significativas deben presentar un proyecto técnico para obtener las licencias o autorizaciones correspondientes.