Impacto de la Ley Orgánica 2/2024 (Ley de Paridad) en las empresas
Redacción ASECOPS.-
El 22 de agosto entró en vigor la Ley Orgánica 2/2024, conocida como «Ley de Paridad», (accede aquí al enlace del BOE) introduce cambios significativos en el panorama empresarial español, especialmente en lo que respecta a la representación de mujeres en los órganos de gobierno y administración de las empresas.
Principales Impactos:
Cuotas de género en consejos de administración:
- Empresas de interés público (EIP): Las EIP, definidas por su tamaño y volumen de negocio, están obligadas a contar con al menos un 40% de mujeres en sus consejos de administración.
- Objetivo de alcanzar el 40%: Aunque no existe una cuota mínima específica para otras empresas, se establece como objetivo general alcanzar un equilibrio de género en los órganos de gobierno.
Transparencia y rendición de cuentas:
- Informes de diversidad: Las empresas deberán elaborar informes de diversidad que detallen las medidas adoptadas para alcanzar la paridad de género.
- Justificación de la falta de paridad: En caso de no cumplir con las cuotas, las empresas deberán justificar de manera razonada por qué no han podido alcanzar la paridad.
Ampliación del ámbito de aplicación:
- Sociedades no cotizadas: La ley se extiende a las sociedades no cotizadas, ampliando su alcance más allá de las grandes empresas.
- Colegios profesionales y premios públicos: También se incluyen medidas para promover la igualdad de género en estos ámbitos
Objetivos de la ley:
- Igualdad de oportunidades: Busca garantizar que las mujeres tengan las mismas oportunidades de acceder a puestos de liderazgo y toma de decisiones.
- Mayor diversidad: La diversidad de género en los equipos directivos puede enriquecer la toma de decisiones y mejorar el desempeño empresarial.
- Cumplimiento de directivas europeas: La ley transpone una directiva europea, armonizando la legislación española con el marco normativo comunitario.
Desafíos para las empresas:
- Adaptación a los nuevos requisitos: Las empresas deberán revisar sus estructuras de gobierno y adoptar medidas para cumplir con la ley.
- Cambio cultural: La ley representa un cambio cultural importante, que requiere una transformación en las prácticas de reclutamiento, promoción y desarrollo de talento.
¿Qué empresas están afectadas?
Principalmente, la ley se centra en las empresas de interés público (EIP). Estas son aquellas que cumplen al menos uno de los siguientes criterios:
- Número de empleados: Más de 250.
- Cifra de negocios: Superior a 50 millones de euros anuales.
- Activo total: Superior a 43 millones de euros.
Para estas empresas, la ley establece un objetivo mínimo del 40% de mujeres en sus consejos de administración.
Otras empresas
Aunque la cuota del 40% se establece de manera más específica para las EIP, la ley también promueve la igualdad de género en otras empresas. Se establece como objetivo general alcanzar un equilibrio de género en los órganos de gobierno de todas las empresas.
¿Qué implica la nueva normativa en el Estatuto de los Trabajadores?
Se modifican los artículos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores en relación con los permisos regulados en el artículo 37 y el derecho a solicitar la adaptación de jornada regulado en el artículo del 38.4. Por tanto se elimina el blindaje que tenían los trabajadores con adaptación de jornada por temas de conciliación y los que solicitaban permisos por enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica ante un posible despido. Es decir, este despido ya no será considerado como nulo de manera automática.
¿Qué trabajadores estarán afectados por la nueva ley?
Los trabajadores que pueden verse afectados son los que pidan, a partir de la entrada en vigor de la ley (el 22 de agosto) los cinco días de permiso para el cuidado de familiares por accidente o enfermedad grave, con o sin hospitalización, que precisen reposo domiciliario, y también aquellos que hayan solicitado la adaptación de jornada para conciliar con la vida familiar.