No es accidente de trabajo el ictus sufrido justo antes de comenzar la jornada laboral
Fuente CENDOJ.-
El trabajador se encontraba en el vestuario cambiándose para comenzar su jornada laboral, cuando sufrió el ictus. A consecuencia de este suceso, el trabajador inició el proceso de Incapacidad Temporal.
El Instituto Nacional de Seguridad Social declaró que el proceso de Incapacidad temporal resultaba derivado de accidente laboral por estar relacionado con el trabajo.
A continuación la Mutua interpone recurso ante los tribunales solicitando que la IT se declare derivada de enfermedad común, y no de accidente laboral.
Finalmente el TSJ de Madrid considera en su sentencia que sufrir un ictus antes de comenzar la jornada laboral no debe ser considerado como accidente de trabajo.