Nuevas modificaciones en el ámbito laboral en el plan de respuesta inmediata a los daños de la DANA
Redacción ASECOPS.-
El pasado 29 de noviembre de 2024, el BOE publicó el «Real Decreto-ley 8/2024, que establece medidas complementarias dentro del plan de respuesta inmediata a los daños causados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre«. Esta norma incluye modificaciones significativas en el Estatuto de los Trabajadores (ET), destacando la introducción de un nuevo permiso retribuido por razones climatológicas y otros factores.
Permiso retribuido por imposibilidad de acceso al trabajo
Se añade al artículo 37.3 del ET un permiso retribuido de hasta cuatro días para los casos en que sea imposible acceder al lugar de trabajo o transitar debido a restricciones oficiales, riesgos graves o fenómenos adversos. Este permiso, informalmente denominado “permiso climático,” abarca más que cuestiones meteorológicas, ya que incluye cualquier causa que impida el acceso seguro al trabajo. Si la imposibilidad persiste tras los cuatro días, el permiso se prolonga hasta que desaparezcan las causas, aunque desde el quinto día la empresa puede aplicar un ERTE por fuerza mayor.
Trabajo a distancia como alternativa
En situaciones que lo permitan, las empresas pueden establecer teletrabajo unilateralmente, siempre que proporcionen los medios necesarios y cubran los gastos derivados, de acuerdo con la Ley de Trabajo a Distancia.
Cambios en los ERTE de fuerza mayor
El artículo 47 del ET también se modifica, especificando que los ERTE por fuerza mayor pueden aplicarse tras los cuatro días de permiso, salvo que el teletrabajo sea viable.
Nuevas obligaciones para empresas
Se introducen medidas adicionales, como el derecho del Comité de Empresa a ser informado sobre planes de actuación frente a catástrofes y la inclusión, en convenios colectivos, de protocolos específicos para prevenir riesgos en estas situaciones.
Reintegro de exenciones en caso de despido indebido
Por último, se refuerzan las consecuencias del incumplimiento de la prohibición de despidos, obligando a las empresas a devolver las exenciones en cotizaciones sociales correspondientes al trabajador afectado.
En resumen, el RDL 8/2024 refuerza la protección de los trabajadores ante emergencias climáticas y otras catástrofes, garantizando permisos retribuidos, regulación del teletrabajo y derechos de prevención y consulta.
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